IDAE. Programa de Ayudas para actuaciones de Eficiencia Energética en la PyME y Gran Empresa del Sector Industrial. Plazo solicitudes: desde el 1 de julio de 2017 hasta 1 junio de 2018.

Bases: Resolución de 17 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Convocatoria. Resolución de 26 de mayo de 2017 del Director General del IDAE por la que se establece la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

Actuaciones elegibles: aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética,  en cualquiera de las dos tipologías siguientes:

Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (ratio económico energético máximo de 14.379 € (inversión elegible) / tep (ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 75.000 € y un máximo de 6 M€.

Implantación de sistemas de gestión energética (ratio económico energético máximo de 14.501 € (inversión elegible)/ tep /ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 30.000 € y un máximo de 6 M€.

Beneficiarios: las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre incluido en la relación que figura en la base séptima y las empresas de servicios energéticos.

Modalidad y cuantía de la ayuda: entrega dineraria sin contraprestación con la cuantía determinada en la base sexta.

Presupuesto: 63.759.000 € con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.  El 40% de este presupuesto (25.503.600€ estará reservado para proyectos presentados por PYMEs)

Plazos de presentación y vigencia del programa: las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a aquel en que concluya el plazo de 1 mes natural desde la fecha de publicación de las Convocatoria en el BOE y la conclusión del mismo se producirá cuando transcurra 1 año natural desde la fecha de publicación de dicha convocatoria, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda: La carga de datos y documentación se podrá realizar a partir de las las 00:00 horas  del día 1 de julio de 2017, que es la fecha en que concluye el plazo de 1 mes desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Más información: Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es,  o el teéfono 913 146 673 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes.