La Generalitat ofrece financiación bonificada para proyectos de autoconsumo eléctrico

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Modulos solares. Autoconsumo. SolarLa línea de ayudas está dirigida a empresas y entidades de naturaleza pública o privada, incluyendo empresarios individuales con sede en la Comunitat Valenciana.

Presentación solicitudes: desde el 10/07/2017 hasta el  15/09/2017

Plazo justificación: hasta el 01/06/2018

Podrán acogerse a estas ayudas empresas –incluidas empresas individuales– y ayuntamientos, así como cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, con sede en la Comunitat Valenciana, con excepción de las comunidades de propietarios de viviendas.

Financiación de proyectos de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales.

La ayuda reembolsable consistirá en la concesión de un préstamo bonificado en su tipo de interés sobre los costes subvencionables de los proyectos asociados.

Características del préstamo bonificado:

  1. Importe máximo del préstamo: 300.000 €
  2. Porcentaje máximo financiable de la inversión: 100% de la inversión.
  3. Tipo de interés: 0%
  4. Comisiones: sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
  5. Periodo máximo de amortización del préstamo: 10 años

 

Los costes elegibles que se considerarán en el cálculo a efectos de la distribución del presupuesto de la convocatoria son los siguientes:

  1. Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, sistema de control y regulación, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
  2. Obra civil estrictamente necesaria y vinculada a la instalación objeto de financiación siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
  3. Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión.
  4. Costes de tramitación administrativa de las instalaciones e inscripción en los registros de autoconsumo y de producción de energía eléctrica.
  5. En su caso, costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas.